Programa antitabaco MUFACE
Desde el 1 de enero de 2020 se han incluido en la financiación del Sistema Nacional de Salud (SNS) determinadas presentaciones de medicamentos para la deshabituación tabáquica. MUFACE financia todos aquellos medicamentos incluidos en la cartera de prestación farmacéutica del SNS, en las condiciones que se hayan establecido por el Ministerio de Sanidad.
En junio de 2024, el Ministerio de Sanidad acordó la financiación de algunos medicamentos para tratamientos de apoyo a la deshabituación tabáquica, en concreto medicamentos que contienen BUPROPION, CITISINA o CITISINICLINA y VARENICLINA con sujeción a determinadas condiciones. La financiación de estos medicamentos se restringe a pacientes que sigan un programa de apoyo o atención al tabaquismo, con motivación expresa para dejar de fumar, que fumen 10 cigarrillos o más al día y tengan, además, un alto nivel de dependencia calificado por el test de Fagerström ≥ 7.
Para tener acceso a esta terapia se precisa una prescripción médica (receta).
Siempre de acuerdo con lo previsto en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, MUFACE garantiza a sus mutualistas la posibilidad de seguir una terapia antitabaco cuando cumplan los requisitos para ello, tanto si han elegido Servicio Público de Salud como si su elección ha sido la de entidad concertada.
Para establecer un protocolo de actuación en la terapia antitabaco para mutualistas que han elegido entidades concertadas se ha creado un Programa Antitabaco de MUFACE . Existen además otros programas o protocolos para determinados colectivos, que también están disponibles y son válidos. Como se ha indicado, para tener acceso a esta terapia se precisa una prescripción médica (receta). La aportación del usuario será del 30%, como en cualquier receta de medicamentos.
Procedimiento para mutualistas que han elegido Servicio Público de Salud
El colectivo mutualista de adscripción al Servicio Público de Salud (SPS) correspondiente seguirá las normas de inclusión en el programa de estos SPS .
La prescripción se realizará por receta electrónica, no siendo necesario ningún control por parte de los Servicios Provinciales de MUFACE.
Procedimiento para mutualistas que han elegido entidad concertada
El colectivo mutualista de adscripción a una Entidad de Seguro debe acudir a un Médico de Atención Primaria (MAP) quien, tras un primer contacto y valoración de determinadas características que se deben cumplir, determinará su posible inclusión en la financiación del tratamiento de la deshabituación tabáquica.
Una vez que el MAP ha decidido prescribir uno de estos medicamentos, la persona mutualista ha de acudir a su Servicio Provincial (SP) con el informe médico o modelo para la financiación de medicamentos contra el tabaquismo , y la receta oficial de MUFACE.
El Servicio Provincial validará dicha receta con un sello y fecha, teniendo la misma una validez de 10 días a partir de dicha fecha.